Según el Banco de España, los comercios no están obligados a aceptar más de 50 monedas en un pago, salvo que sea una caja pública. Los establecimientos suelen aplicar este límite para agilizar la atención a los clientes. En el caso de comercios y hostelería, las entidades se comprometen a aceptar, recontar y transformar las monedas para su ingreso en cuenta. Pueden cobrar una comisión por el recuento de un elevado número de monedas. Además, ofrecen servicios especiales de gestión integral de efectivo, como la recogida y entrega de efectivo a domicilio y el suministro de cartuchos para facilitar el recuento de monedas.
Imagen: Europa Press