La convivencia en una vivienda de alquiler plantea dudas sobre el mantenimiento y las reparaciones, especialmente en caso de que un electrodoméstico se estropee. ¿Quién debe hacerse cargo de la reparación o sustitución? Para resolver estas cuestiones, es fundamental conocer lo que establece la ley y las condiciones aplicables a cada situación.
En España, la ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos (LAU) regula los contratos de alquiler. Según el artículo 21, el propietario está obligado a realizar las reparaciones necesarias para mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad. Sin embargo, si el deterioro se debe a un uso irresponsable por parte del inquilino, este último será responsable de la reparación.
Existen tres escenarios principales que determinan quién debe asumir el coste de reparar o sustituir un electrodoméstico:
- Avería por uso normal o desgaste natural: Si el electrodoméstico se estropea por el uso habitual, el propietario debe asumir el coste de la reparación o sustitución.
- Daños por mal uso o negligencia: Si el inquilino causa el daño por un uso incorrecto, será responsable de la reparación.
- Reparaciones menores: Los pequeños arreglos, como cambiar un filtro o una bombilla, son responsabilidad del inquilino.
Es crucial diferenciar entre mantenimiento y reparaciones. Los pequeños ajustes suelen ser responsabilidad del inquilino, pero es recomendable detallar estas cuestiones en el contrato de alquiler para evitar malentendidos.
En caso de que un electrodoméstico necesite ser sustituido, si el desgaste es natural, el propietario debe reemplazarlo. Si el daño es por uso indebido, el inquilino asumirá el coste. Un inventario detallado de los electrodomésticos al inicio del contrato puede ayudar a evitar discrepancias sobre la causa del daño.
Imagen: infobae