La Ley General de la Seguridad Social permite cobrar la pensión de viudedad junto con la pensión de jubilación, siempre y cuando se cumplan los requisitos. Tras el fallecimiento del cónyuge, se puede reclamar la pensión de viudedad si el difunto ha cotizado al menos 500 días en los últimos cinco años. Los requisitos varían según la situación personal, como tener hijos en común, una convivencia de al menos dos años o el cobro de una pensión compensatoria en caso de divorcio. También se reconoce el derecho a la pensión de viudedad a las mujeres víctimas de violencia de género. En enero de 2024, las pensiones de viudedad con cargas familiares se revalorizarán un 14%, alcanzando los 1.033 euros al mes.
Imagen: infobae