Más del 15% de la población en España vive en régimen de alquiler. El encarecimiento de precios y la dificultad para obtener financiación han hecho que esta alternativa sea cada vez más común. Sin embargo, el mercado del alquiler también enfrenta desafíos. El aumento de los precios, superior al incremento de las rentas del trabajo, ha evidenciado la vulnerabilidad económica de los hogares que viven de alquiler. Estos hogares, con ingresos generalmente por debajo del promedio, destinan un elevado porcentaje de sus ingresos a los pagos relacionados con la vivienda, superando en muchos casos el 40%.
Además, la demanda es muy superior a la oferta, lo que hace que la competitividad de este mercado sea muy alta. En este contexto, es crucial comprender los nuevos límites establecidos para el alquiler y su implementación. A partir de 2024, los contratos de alquiler de vivienda ya no se actualizarán por el IPC, según la nueva Ley de Vivienda. En 2025, estos contratos se ajustarán según un nuevo índice de actualización, descrito en el BOE como “más estable que el IPC y también más bajo”.
En 2024, pueden darse dos escenarios para el aumento del alquiler. Si se establece un acuerdo con el inquilino, el alquiler puede incrementarse según el porcentaje que ambas partes consideren adecuado. En caso de no llegar a un consenso, el aumento de la renta no podrá superar el 3%. Por ejemplo, si se firma un contrato de alquiler en junio de 2023 por una renta mensual de 1.000 euros, al cumplirse el primer año en mayo de 2024, el propietario podrá aplicar el porcentaje del IPC del mes anterior para actualizar el precio. En este caso, con un IPC del 3,6% en mayo, el alquiler aumentaría en 36 euros, resultando en una nueva cuota mensual de 1.036 euros. Si no se alcanza un acuerdo, el incremento máximo permitido sería del 3%, lo que supone un aumento de 30 euros al mes, resultando en un precio actualizado de 1.030 euros.
Hasta el 31 de diciembre de 2024, todos los contratos de alquiler que se renueven estarán sujetos a un límite de aumento del precio del 3%, impuesto por el Gobierno. Para los contratos que se actualicen según el IGC, se aplicará la variación anual del índice en la fecha de cada revisión, tomando como referencia el mes correspondiente al último índice publicado en la fecha de actualización del contrato.
A partir del 1 de enero de 2025, entrará en vigor un nuevo índice para la actualización del precio de los alquileres, cuyo objetivo será actualizar todas las rentas. Este nuevo índice se espera que sea más estable y presente un crecimiento inferior al del Índice de Precios al Consumo (IPC). La Ley de Vivienda, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), incluye en su Disposición final primera la introducción de una nueva disposición adicional en la Ley de Arrendamientos Urbanos. Esta disposición asigna al Instituto Nacional de Estadística (INE) la tarea de definir, antes de finalizar el año 2024, un nuevo índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda, con el fin de prevenir aumentos desmesurados en las actualizaciones anuales de los alquileres.
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