En 2013, el Ayuntamiento de Lleida adjudicó a la empresa Benito Arnó la instalación de dispositivos para el control del tráfico. Esto incluía cámaras de semáforo rojo y radares de velocidad que podían moverse por diversas ubicaciones. A los pocos meses, las críticas comenzaron a surgir debido a la imposición de más de 11.000 sanciones y la recaudación de 370.000 euros, de los cuales un tercio iba a la empresa concesionaria.
Ante la presión de las críticas y las próximas elecciones municipales de 2015, el alcalde Àngel Ros decidió elevar el límite de las multas a 65 km/h. Esto generó un conflicto con la empresa, que alegó que alrededor de 100.000 sanciones no fueron contabilizadas. El Ayuntamiento defendió que el nuevo límite fue consensuado y que la concesionaria incumplía otras cláusulas del contrato.
El litigio se extendió hasta 2024, con la concesionaria reclamando hasta 4,5 millones de euros por las infracciones no tramitadas. Finalmente, el Ayuntamiento de Lleida fue condenado a pagar 442.000 euros a la empresa. Este pago se dividirá en dos partes: 142.000 euros este año y 300.000 el próximo.
Este caso resalta la complejidad de la gestión del tráfico y las implicaciones legales que pueden surgir de decisiones administrativas. A medida que se desarrollaba el litigio, el Ayuntamiento tuvo que asumir la responsabilidad financiera por las multas que no se impusieron, lo que pone de relieve la importancia de una correcta implementación de las normativas de tráfico.
Imagen: Denny Müller