La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado un auto que permite a una mujer continuar con un tratamiento de fecundación in vitro utilizando el semen de su marido, a pesar de que han pasado más de doce meses desde su fallecimiento. Este caso ha sido un largo proceso judicial que comenzó en Alemania, donde la pareja residía.
El marido, de nacionalidad italiana, fue diagnosticado con un tumor cerebral en 2018. Antes de iniciar su tratamiento de radioterapia, la pareja decidió crioconservar varias muestras de semen. Sin embargo, tras el fallecimiento del hombre en diciembre de 2020, la mujer enfrentó dificultades para trasladar el material genético a España, donde se permite la inseminación post-mortem.
La legislación española establece que el material reproductor puede ser utilizado dentro de los doce meses siguientes a la muerte del donante, siempre que este haya dado su consentimiento. A pesar de que la primera inseminación fue fallida, la mujer no pudo continuar el tratamiento debido a la interpretación estricta de la ley.
Finalmente, la Audiencia Provincial ha decidido que los nuevos intentos de uso del material genético son una continuación del proceso original, permitiendo así que la mujer agote las muestras de semen disponibles. El tribunal argumentó que prohibir estos intentos sería injusto, ya que la mujer podría concebir solo si utilizara material genético de un donante anónimo, en lugar del de su pareja fallecida.
Este fallo ha sido respaldado por testimonios de los familiares del hombre, quienes confirmaron su voluntad de que su material reproductor fuera utilizado tras su muerte. La decisión de la Audiencia Provincial marca un hito en la interpretación de la ley sobre técnicas de reproducción humana asistida en España.
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