La Audiencia Nacional rechaza considerar los hechos de Tsunami Democràtic como desórdenes públicos y no como terrorismo

La Audiencia Nacional ha rechazado el recurso de la Fiscalía en el que consideraba los hechos atribuibles a la plataforma Tsunami Democràtic como desórdenes públicos y no como terrorismo en concordancia con la decisión del Tribunal Supremo. En su auto, la sección tercera de lo Penal entiende que de esa resolución se desprende la existencia de un posible delito de terrorismo con perjudicados y el posible uso de instrumentos aptos para causar graves daños materiales y personales. La sala basa su negativa al recurso del fiscal en los argumentos esgrimidos en el auto del Tribunal Supremo del pasado 29 de febrero. El Supremo asumió la causa de Tsunami por diversos delitos, entre ellos el de terrorismo, contra los aforados en este procedimiento, el eurodiputado y expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y el diputado autonómico catalán Ruben Wagensberg, mientras que acordó mantener en la Audiencia la competencia para investigar a los no aforados. Desde que el Supremo avalara la investigación por terrorismo en el caso Tsunami, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ido desestimando los recursos interpuestos contra las decisiones que ha ido adoptando el magistrado tras elevar exposición razonada al alto tribunal para que se hiciera cargo de la investigación a los aforados.

Imagen: infobae

Comparte este artículo
Publicación anterior

Robos en casas de futbolistas: cómo los ladrones aprovechan las redes sociales y la falta de seguridad

Entrada publicación

Protocolo LDAP: Qué es, cómo funciona y para qué sirve

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leer más