La normativa anterior no contemplaba la jubilación anticipada para autónomos, pero desde la reforma de las pensiones en 2013 se estableció la posibilidad de jubilación anticipada voluntaria. Los requisitos incluyen tener una edad máxima dos años menor a la edad legal de jubilación y un mínimo de 35 años de cotización. Sin embargo, los autónomos no tienen los mismos derechos de jubilación anticipada que los trabajadores por cuenta ajena, ya que no pueden acceder a la jubilación anticipada forzosa o por situación de crisis.
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