El delito de falso testimonio está claramente definido en el Código Penal Español, regulado en el Capítulo VI del Título XX, específicamente en los artículos 458 a 462. Este delito se configura cuando un testigo falta a la verdad en su declaración dentro de un procedimiento judicial, abarcando también a peritos e intérpretes.
El artículo 458.1 establece que el testigo que no dice la verdad en su testimonio comete un delito especial, ya que solo puede ser cometido por personas que participan como testigos en un proceso judicial. Generalmente, no se necesita que este delito produzca un resultado concreto para considerar que se ha cometido.
El acusado en un juicio no incurrirá en falso testimonio si miente en su defensa. Sin embargo, si presenta un testigo falso o pide a alguien que mienta, sí comete falso testimonio. Las penas para este delito, según el artículo 458.1, incluyen prisión de seis meses a dos años y multa de tres a seis meses.
Existen tipos agravados de este delito, recogidos en el artículo 458.2, aplicables cuando el testimonio falso perjudica a un acusado en un juicio criminal. En este caso, las penas se agravan notablemente si el falso testimonio resulta en una condena.
El artículo 459 describe las sanciones para peritos e intérpretes que falsifican maliciosamente su dictamen o traducción. Además de las penas del artículo 458, estos profesionales pueden ser inhabilitados para ejercer su profesión por un periodo de seis a doce años.
El proceso penal por falso testimonio requiere un juicio oral y una sentencia firme que establezca la veracidad de las declaraciones del testigo. Para iniciar un proceso por falso testimonio, es necesario contar con la verdad procesalmente establecida por el tribunal, sin requerir autorización previa para perseguir el delito.
En la práctica judicial, los delitos de falso testimonio suelen cometerse al intentar ayudar a otra persona en un proceso judicial. Declarar como testigo implica una promesa a la justicia para preservar la verdad en el funcionamiento de la administración de justicia.
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