¿Es legal el prorrateo de las pagas extras? Ventajas, desventajas y casos específicos

Como trabajador, tienes derecho a recibir dos pagas extras al año: una en Navidad y otra en el mes fijado por convenio colectivo o acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los empleados, generalmente en junio. Sin embargo, también existe la opción del prorrateo, que consiste en repartir esas dos pagas en las 12 nóminas anuales. ¿Es siempre legal este prorrateo? El artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores permite el prorrateo si lo establece el convenio colectivo, pero no en todos los casos y debe cumplir ciertos requisitos.

Entre las ventajas del prorrateo se encuentra la mayor liquidez mensual, lo que puede ser vital si te cuesta llegar a fin de mes. Además, facilita una mejor planificación financiera al tener ingresos más regulares. Sin embargo, entre las desventajas está la sensación de menor ingreso al no recibir un pago grande en Navidad o verano. Si no eres ahorrador, podrías encontrarte sin ese extra para los gastos de esas épocas. También puede haber complicaciones legales si el prorrateo no está permitido por el convenio colectivo.

El artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores permite el prorrateo de las pagas extras si así lo establece el convenio colectivo o si hay un acuerdo entre el empresario y los representantes de los trabajadores. Sin embargo, no todos los convenios colectivos permiten el prorrateo. En caso de que el convenio lo prohíba, el prorrateo no es legal y no se puede aplicar.

Un caso relevante es la sentencia 457/2024 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC). En este caso, un trabajador despedido disciplinariamente reclamó el abono de tres pagas extraordinarias que habían sido prorrateadas, ya que el convenio colectivo de aplicación prohibía esta práctica. El TSJC falló a favor del trabajador, indicando que lo abonado de forma prorrateada debía considerarse como salario ordinario. Por lo tanto, la empresa estaba en deuda con las pagas extraordinarias reclamadas.

Si eres trabajador y tu convenio colectivo prohíbe el prorrateo de las pagas extras, tienes derecho a recibir estas pagas de forma separada. Si las has recibido prorrateadas, puedes reclamar su abono separado. Es importante revisar tu convenio colectivo y conocer tus derechos para asegurarte de que recibes lo que te corresponde. En cuanto a los empleadores, deben ser conscientes de las disposiciones del convenio colectivo aplicable a sus trabajadores. Si el convenio prohíbe el prorrateo, deben abstenerse de aplicar esta práctica, ya que hacerlo puede resultar en reclamaciones y sentencias desfavorables.

Siempre el primer paso es revisar el convenio colectivo aplicable para determinar si permite o prohíbe el prorrateo de las pagas extras. Si tienes dudas sobre la legalidad del prorrateo en tu caso específico, es recomendable consultar con un abogado laboralista. Un profesional del derecho laboral puede ofrecer asesoramiento y ayudarte a entender tus derechos y obligaciones.

Imagen: Business Insider

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