En verano, la empresa gestora de aparcamientos en Burgos se enfrenta a una nueva normativa. El Ayuntamiento ha decidido cobrar una tasa local para que los vecinos puedan acceder a sus espacios. Esta decisión surge tras la interpretación de que el pago del vado no es suficiente. Según el consistorio, la empresa debe abonar una segunda tasa por el uso de la acera, que aunque es privada, permite el tránsito público.
La disputa ha escalado hasta el Tribunal Supremo, que ha respaldado la postura del Ayuntamiento. Este fallo establece un precedente para otras ciudades de España. Es importante aclarar que, si la acera es pública, se pueden exigir múltiples tasas para acceder a un garaje. El vado permite que nadie aparque frente a un garaje, mientras que la tasa de entrada y salida se aplica cuando se utiliza un espacio público.
En el caso de Burgos, la empresa argumentaba que el pago del vado era suficiente, dado que la acera es privada. Sin embargo, el Ayuntamiento sostiene que, aunque la acera sea privada, su uso es público. Por lo tanto, se puede exigir el pago de una tasa local, similar a lo que ocurre con las terrazas de los bares.
El Tribunal Supremo ha determinado que la tasa se ajusta a la Ley de Haciendas Locales, que permite imponer tasas por el uso privativo del dominio público local. Así, si un particular o una empresa desea acceder a un garaje en una acera pública, debe pagar tanto el vado como la tasa de entrada y salida. En el caso de aceras privadas con uso público, el Ayuntamiento puede cobrar una tasa por el aprovechamiento de ese espacio.
Imagen: Ismael Valladolid Torres