El Tribunal Supremo establece que el complemento de antigüedad no puede ser absorbido por el salario mínimo interprofesional

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que establece que el complemento de antigüedad de los trabajadores no puede ser absorbido dentro del salario mínimo interprofesional (SMI) para evitar su subida. Esta decisión se ha tomado en respuesta a un recurso de casación presentado por la empresa Hernández Zamora, S.A., que ha sido inadmitido por el Tribunal Supremo.

La empresa había decidido compensar la subida del SMI con el complemento de antigüedad que percibían los trabajadores, pero el Tribunal Supremo ha afirmado que este complemento es un derecho adquirido y no puede ser objeto de compensación o absorción.

Esta sentencia es considerada un importante pronunciamiento del Tribunal Supremo que pone fin a este conflicto laboral y despeja dudas sobre la aplicación del SMI. Además, puede servir de orientación para otros casos similares en los que las empresas intenten evitar subir los salarios de los trabajadores.

El Real Decreto que establece el SMI para 2024 establece que la revisión del salario mínimo no afectará a los salarios profesionales que sean superiores a dicho salario mínimo. Sin embargo, los complementos salariales que no sean comunes a todos los trabajadores, como los de antigüedad, idioma o títulos, no se tienen en cuenta a la hora de calcular el SMI.

En resumen, el Tribunal Supremo ha establecido que el complemento de antigüedad no puede ser absorbido dentro del SMI. Esta sentencia pone fin a un conflicto laboral y aclara la aplicación del SMI en casos similares. Los complementos salariales específicos no se tienen en cuenta a la hora de calcular el SMI.

Imagen: Business Insider

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