La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado que la devolución de menores marroquíes desde Ceuta a Marruecos efectuada en agosto de 2021 fue ilegal por la «absoluta inobservancia» de las prescripciones de la Ley de Extranjería. El Alto Tribunal confirma que se vulneraron los derechos a la integridad física y moral de los menores devueltos a Marruecos. Los recursos de la Abogadía del Estado y de la Ciudad Autónoma de Ceuta contra las sentencias de un Juzgado de Ceuta y del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía quedan rechazados. El Supremo determina que el Acuerdo entre España y Marruecos no constituye fundamento normativo suficiente para decidir el retorno de los menores. Además, la sentencia considera que la invocación de circunstancias excepcionales por parte de los recurrentes resulta abstracta, pues no explica la absoluta pasividad de la Administración.
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