El Tribunal Supremo ha dictado sentencias que permiten a los ayuntamientos cobrar tasas por el uso de aceras públicas, incluso si están en terrenos privados. Esta decisión se basa en el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales (TRLHL), que autoriza a los municipios a imponer tasas por la utilización privativa del dominio público local.
El fallo destaca que la tasa no depende de la propiedad de la acera, sino de su uso público. Por lo tanto, si una acera es utilizada regularmente por vehículos para acceder a garajes o locales comerciales, se considera un aprovechamiento especial que puede ser gravado.
Un caso emblemático es el de una empresa en Burgos, que tuvo que pagar una tasa anual de 80 euros entre 2014 y 2017 por el uso intensivo de una acera pública en terreno privado. El Tribunal Supremo ratificó esta obligación tributaria, justificando el cobro por la intensidad del uso de la calzada.
Esta nueva tasa representa una carga adicional para los propietarios de garajes y locales comerciales en áreas urbanas. Aunque las tasas pueden no ser elevadas, se suman a otros impuestos como el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y la plusvalía municipal.
La sentencia afecta principalmente a aquellos que utilizan aceras para facilitar el acceso de vehículos. Mientras los ayuntamientos ven en esto una nueva fuente de ingresos, muchos propietarios temen el aumento de las cargas fiscales. Es probable que más municipios en España comiencen a aplicar estas tasas, lo que podría incrementar los costes para los propietarios.
Los contribuyentes afectados podrían recurrir a los tribunales en busca de excepciones o reducciones, aunque el precedente establecido por el Tribunal Supremo es difícil de revertir.
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