El Tribunal Supremo avala la prohibición de pisos turísticos por comunidades de vecinos en España

En un importante giro en la regulación de los pisos turísticos en España, el Tribunal Supremo ha dictado sentencias que permiten a las comunidades de propietarios prohibir estos alquileres. Para ello, se requiere un acuerdo adoptado por una mayoría de tres quintos en la junta de propietarios. Esta decisión es crucial, ya que es la primera vez que el alto tribunal se pronuncia sobre la interpretación de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 2019, que busca limitar o condicionar los arrendamientos turísticos.

El Supremo ha establecido un criterio claro, resolviendo la controversia existente en las Audiencias Provinciales sobre si la prohibición debía ser unánime o si bastaba con una mayoría de tres quintos. La postura del tribunal es que la prohibición debe ser respaldada por esta mayoría, evitando que un solo propietario pueda bloquear la decisión.

Para fundamentar su decisión, el Tribunal ha recurrido a su propia jurisprudencia, recordando sentencias anteriores que avalan la prohibición de dedicar una vivienda a alquiler turístico. Además, subraya que la prohibición de uso de elementos privativos en el régimen de propiedad horizontal es legítima y conforme a la Constitución.

La decisión del Supremo no es completamente nueva, ya que el Gobierno había indicado previamente que se estaba trabajando en una enmienda a la Ley de Propiedad Horizontal en la misma dirección. Con más de 351.300 pisos turísticos en España, la regulación se vuelve cada vez más necesaria, especialmente ante el aumento de quejas vecinales y la tensión en el mercado residencial.

Imagen: Erwan Hesry (Unsplash) y Oleg Tsegelnyk (Unsplash)

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