El Tribunal Supremo ha abierto la posibilidad de reclamar las cuotas fiscales pagadas de más por los trabajadores que realizaron aportaciones para su jubilación a través de las mutualidades laborales entre 1967 y 1978. Estas aportaciones se integraban al 100% en la base imponible, obligando a los mutualistas a tributar por ellas. El cauce para reclamar es la rectificación de las declaraciones no prescritas, y se requiere la aportación de documentos como el certificado de empresa de las aportaciones realizadas, el informe completo de vida laboral de la Seguridad Social, el certificado del importe anual de la pensión percibida, el modelo 100 del IRPF de los años que se reclamen, el impreso de rectificación de la declaración de IRPF y la copia de la sentencia del Tribunal Supremo. En el caso de los herederos, también se exige la copia del Impuesto de Sucesiones. Esta oportunidad de reclamar las cuotas fiscales pagadas de más por las mutualidades laborales es una ventana abierta para miles de trabajadores que podrán recuperar el dinero que pagaron de más en impuestos.
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