La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha desestimado el recurso de una cocinera que solicitaba la incapacidad permanente total tras sufrir una fractura de fémur en un accidente laboral. Este incidente ocurrió en julio de 2020, mientras trabajaba en una residencia gestionada por las Hermanitas de los Ancianos Desamparados.
La trabajadora, tras el accidente, fue dada de alta por la mutua Fraternidad-Muprespa, aunque continuó enfrentando complicaciones médicas. Esto incluyó una segunda caída en su hogar que le causó una fractura en la muñeca derecha. A pesar de las evaluaciones médicas y los procedimientos de incapacidad temporal, solicitó la incapacidad permanente total ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en marzo de 2022.
El INSS le concedió una pensión por incapacidad permanente total, reconociendo sus limitaciones físicas, como la movilidad reducida y la necesidad de usar un bastón. Sin embargo, la mutua Fraternidad-Muprespa impugnó esta decisión, argumentando que las limitaciones no eran tan severas. Presentaron un informe de un detective privado que indicaba que su estado físico había mejorado.
El Tribunal revisó las pruebas y concluyó que, aunque la cocinera tenía limitaciones, podía realizar las funciones esenciales de su trabajo. Se valoró que podía caminar con ligera cojera y que, a pesar de la pérdida de fuerza en la mano derecha, aún conservaba la funcionalidad necesaria para desempeñar su labor.
La legislación establece diferentes tipos de incapacidad permanente, desde la incapacidad permanente parcial hasta la gran invalidez. Cada tipo tiene sus propias características y pensiones asociadas, dependiendo de la gravedad de la condición del trabajador.
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