Cuando acaba la jornada laboral, los trabajadores desean disfrutar de la desconexión digital sin recibir correos electrónicos. Sin embargo, muchas empresas no respetan este derecho y envían correos fuera del horario laboral. Esto ocurrió con una empresa en Galicia, que remitió un correo a su empleado fuera de horario laboral. El Tribunal Superior de Justicia de Galicia declaró que esta acción vulneró los derechos de desconexión del empleado, lo que costó a la empresa 300 euros.
La sentencia, dictada el 4 de marzo, hace referencia a la LGPD, que en su artículo 88 garantiza el derecho de los trabajadores a la desconexión digital para respetar su tiempo de descanso. Aunque la legislación contempla excepciones en situaciones de verdadera urgencia, la empresa alegó que los correos no requerían respuesta inmediata. Sin embargo, la magistrada recordó que el derecho no depende de la obligación de responder, sino de la abstención de la empresa de enviar comunicaciones fuera del horario laboral.
Inicialmente, el trabajador solicitaba una indemnización de 7.500 euros, pero la magistrada determinó una compensación de 300 euros debido al escaso número de correos enviados. Además, la empresa fue sancionada con 700 euros por ceder datos del empleado a una academia para comunicaciones comerciales.
Esta sentencia subraya la importancia de respetar el derecho a la desconexión digital de los empleados, aunque existen fallos judiciales contradictorios en esta materia. La realidad del teletrabajo ha llevado a muchas personas a pasar más tiempo conectadas y trabajando, lo que hace crucial la protección de su tiempo de descanso.